Corte Suprema falla que solicitantes de asilo con casos rechazados pueden ser sujeto de deportación expedita
En un fallo 7-2 a favor del gobierno de Corte Suprema decidió este jueves que los solicitantes de asilo con casos rechazados por falta de méritos y puestos en proceso de deportación expedita (acelerada) no pueden desafiar la decisión en las cortes.
El dictamen del Máximo Tribunal limita sustancialmente el papel que pueden desempeñar los tribunales en la revisión de las decisiones de deportación en ciertos casos bajo un proceso simplificado conocido como "expulsión acelerada" (Expedited Removal).
La opinión del fallo fue escrita por el juez Samuel Alito, y se unieron el presidente del tribunal, John Roberts, y los jueces Clarence Thomas, Neil Gorsuch y Brett Kavanaugh.
Los magistrados Stephen Breyer y Ruth Bader Ginsburg escribieron opiniones separadas que coincidían con el juicio, mientras las magistradas Sonia Sotomayor y Elena Kagan discreparon.
El caso fue desafiado por el inmigrante de Sri Lanka, Vijayakumar Thuraissigiam, un solicitante de asilo cuyo caso fue rechazado a pesar de haber señalado que pertenece al grupo étnico minoritario tamil.
Opinión de la Corte
La sentencia señala que el Hábeas Corpus es un mecanismo para impugnar la legalidad de una restricción física y asegurar la liberación de la persona. Pero que este recurso constitucional no se le extiende a una persona que esté reclamando un derecho a entrar o permanecer en el país y obtener una revisión istrativa que podría conducir a ese resultado.
Es decir, el Hábeas Corpus se extiende a situaciones de custodia de la persona y, en este caso, la persona no está pidiendo ser liberada, sino otra oportunidad para solicitar asilo. En este caso, el tribunal indica que la persona no pidió una liberación.
En cuanto al debido proceso, los magistrados indican que una persona buscando ingreso al país es un "solicitante para isión" y que una persona detenida poco después de entrar ilegalmente no ha efectuado un ingreso al país (propiamente dicho).
El reconocer a esa persona como alguien que ha efectuado un ingreso creara un perverso incentivo para aquellos que están considerando ingreso ilegal al país, puntualizaron.
Por lo tanto, en su decisión la Corte negó el Hábeas Corpus de Thuraissigiam y rechazó el argumento de la Corte de Apelaciones del 9º Circuito de que se había violado el debido proceso bajo la Constitución. Es importante señalar que el tribunal reconoce que en un pedido de asilo la persona tiene tres oportunidades para comprobar miedo creíble.
“El dictamen hará más difícil cuestionar las acciones de los agentes de inmigración en la frontera”, dijo Lee Gelernt, abogado de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) que argumentó el caso ante el máximo tribunal de justicia, reportó The Associated Press.
El caso
Thuraissigiam advirtió que había sido "secuestrado y brutalmente golpeado por una pandilla de hombres" antes de huir de su país, y que de ser deportado su vida estaba en peligro. Los abogados de Thuraissigiam desafiaron la decisión basados en la ley de Hábeas Corpus, la que solo puede ser invocada en el caso de un arresto ilegal.
Pero la Corte Suprema contradijo el argumento del demandante y revirtió un fallo favorable de octubre del año pasado en la Corte de Apelaciones del 9º Circuito. Ese tribunal halló que una ley federal que quitó poder a los jueces de inmigración para revisar las deportaciones rápidas, conocida como expulsión acelerada (Expedited removal), violó en este caso una disposición de la Constitución denominada ‘cláusula de suspensión’.
La Corte Suprema dijo lo contrario este jueves tras revisar el caso.
"Esta decisión solo aplica a personas que están en la frontera, perdieron su entrevista de miedo creíble y por lo tanto no tienen
derecho a ir ante un juez", explicó José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami (Florida). “En este caso las autoridades pueden deportarlo aceleradamente. Pero no aplica para las personas que ingresan legalmente al país y solicitan asilo al gobierno de Estados Unidos”.
Discreción total
"Después de que un agente de inmigración decide que no tiene credibilidad el caso de asilo, puede dar una deportación expedita", dice Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles (California).
"La Corte Suprema decidió que no se puede usar el argumento de que un individuo tiene el derecho de apelar infinitamente y que a causa de eso una detención prolongada es una violación del debido proceso bajo la 5ta Enmienda de la Constitución".
"Pero parece que deja la puerta abierta al detenido para que apele solamente al juez de inmigración. Es decir, argumentar solo al juez bajo el argumento de que el agente que negó el caso abusó de su poder", apuntó.
Gálvez dijo además que, en este caso, "esas audiencias duran apenas cinco minutos y el tribunal solo revisa si hubo un abuso durante el proceso, pero no cuestionan la determinación del agente de inmigración".
En cuanto a la rapidez y naturaleza de un Expedited Removal, Gálvez dijo que “la intención del Congreso cuando aprobó la ley fue para evitar que todos los casos tengan que ser escuchados en los tribunales. Si no fuera así, la Corte de Inmigración se estancaría”.
Deportaciones expeditas
Las deportaciones aceleradas (Expedited Removals) le permiten al gobierno expulsar de inmediato a personas que llevan menos de 14 días en el país y son detenidas en las primeras 100 millas de la frontera, incluso son que los individuos sean presentados ante un juez de inmigración.
El martes la Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia (DC) falló a favor del gobierno dándole vía libre para modificar el reglamento y ampliar la cobertura de la deportación expedida a la totalidad de la nación y que lleven menos de dos años en Estados Unidos.
El gobierno cambió el reglamento del programa el año pasado, pero fue detenido a finales de septiembre cuando la jueza federal Ketanji Brown Jackson le dio un duro golpe a los planes del gobierno de concederle poderes extraordinarios a los agentes de inmigración para detener y arrestar a inmigrantes en cualquier parte del territorio nacional, para que pudieran ser expulsados de forma acelerada si tienen antecedentes criminales y no demuestran que llevan al menos dos años en el país.
Pero el martes un de jueces de Apelaciones de DC revocó el el dictamen emitido por una corte de distrito que había detenido la implementación de la nueva política del gobierno que facilita las deportaciones aceleradas desde cualquier punto del país a cualquier inmigrante indocumentado que no pueda demostrar que lleva más de 24 meses en territorio estadounidense.
La corte entregará una orden final en un plazo de 45 días desde la emisión del dictamen preliminar.
"El problema es que el fallo del Supremo ahora le concede un mayor poder de discrecionalidad a los agentes que detengan a indocumentados en la frontera cuando vienen en busca de asilo", dijo Guerrero.