¿Deben ser llamados indocumentados quienes piden asilo en la frontera? Esto dicen expertos en inmigración
Una pregunta recurrente en los últimos meses que llega a nuestra redacción es si los inmigrantes hallados o que se entregan a las autoridades de inmigración en la frontera y piden asilo, deben ser llamados “ indocumentados” .
Consultamos con abogados de inmigración y concluyeron que, si bien miles de ellos han ingresado a Estados Unidos con autorización del gobierno federal y “no tienen documentos” que prueben tener un estado legal de permanencia, se trata de personas protegidas bajo la ley de inmigración.
A la pregunta si pueden ser llamados “ indocumentados”, Lilia Velásquez, profesora adjunta de la facultad de leyes de la Universidad de California en San Diego, responde que “es una pregunta difícil de contestar”.
“Estas personas (los inmigrantes hallados en la frontera y a quienes se les permite entrar) no tienen documentos para cruzar, pero pidieron asilo para lo cual tienen derecho a hacerlo”, agrega.
Velásquez señala que “cuando los dejan cruzar, ponen la hoja de cargos que fueron itidos para pedir asilo. Ellos no tienen documentos legales y deben enfrentar un trámite que demorará tiempo para concluir”.
Están en proceso de deportación
Un punto clave que no debe ser olvidado al hablar del tema. “Como estos inmigrantes ya tienen un cargo y están en proceso de deportación, ya no van a ser arrestados en Estados Unidos. Están protegidos por la ley, pero tienen la responsabilidad de acudir a sus citas ante un juez”.
“Algo técnico” en el marco del debido proceso, precisa Velásquez.
En los mismos términos se refirió a la pregunta José Guerrero, quien ejerce en Miami, Florida. “Estas personas, cuando son halladas en la frontera y se les permite entrar al país, reciben una Notificación de Comparecencia ante un tribunal de inmigración donde tendrán la oportunidad de pedir asilo y que un juez decida su futuro en Estados Unidos”.
“Así es que, técnicamente no son indocumentados. O dicho de otra forma, no están totalmente indocumentados porque tienen documentos que les fueron entregados después de ser liberados en la frontera para esperar su día en corte donde podrán presentar un recurso migratorio de asilo”.
A su vez, Alex Gálvez, quien ejerce en Los Ángeles, California, insistió en que los extranjeros liberados en la frontera “técnicamente no son indocumentados, pero no tienen un estatus permanente. Es casi lo mismo que tener DACA o TPS”, dos programas de acción ejecutiva que conceden un freno temporal de deportación y una autorización de empleo”.
“Indocumentados es no tener ninguna protección bajo la ley de inmigración”, precisó Gálvez. “Las personas liberadas en la frontera si están amparadas bajo la ley”.
Los que cruzan y no piden asilo
Ahora bien. En cuanto a los extranjeros que cruzan y no piden asilo, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) advierte que, si son detenidos y no tienen una causa legal para permanecer en Estados Unidos, “son deportados” de manera expedita y sujetos a un castigo de al menos cinco años sin poder ingresar legalmente al país.
Pero hay otro grupo de extranjeros cuya entrada al país se conoce como “cruce ilegal exitoso”, referente a personas que entran a Estados Unidos y no son detectados por ninguna autoridad federal migratoria.
“Estas personas sí son indocumentados”, indica Velásquez. “Pero la ley permite que este grupo de individuos en el plazo de un año tienen derecho a pedir asilo afirmativo ante la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS).
“Este grupo de diferencia de aquellos que dan la cara en la frontera. A estas personas si se les puede llamar indocumentados, pero al momento de pedir asilo por medio del Formulario I-589, entran en una especie de limbo y se encuentran a la espera de una resolución del servicio de inmigración”, dice Velásquez.
En caso de un fallo negativo, el asilo afirmativo se convierte en defensivo y es remitido a la Corte de Inmigración para que un juez de inmigración tome una decisión final.
En cuanto a la población indocumentada que lleva años en Estados Unidos, décadas y cuyo número de estima en 10.5 millones, según datos del Pew Center, Gálvez reiteró que “estas personas no tienen ningún tipo de protección bajo la Ley de Inmigración. A ellos si se les puede llamar simplemente indocumentados”.
¿Tienen derecho los que son liberados?
Los inmigrantes que llegan a la frontera sur en busca de asilo y pasan una primera entrevista de miedo creíble, sus casos son referidos a la Corte de Inmigración (EOIR) y reciben autorización para ingresar al país a esperar la resolución de sus solicitudes en los tribunales de inmigración. No se trata de “extranjeros ilegales”, sino de extranjeros que tienen derechos y están protegidos por la Constitución.
“Los ampara la Carta Magna”, dice Gálvez. “Y están protegidos por los derechos civiles al igual que cualquier otra persona que viva en los Estados Unidos”.
Gálvez señala además que este grupo de personas debe ser tratado de la misma manera que un ciudadano o un residente legal permanente “cuando se trata de derechos civiles”.
El abogado indicó además que, “incluso pueden demandar por abusos o daños que les hagan”, como sucedió con el caso de decenas de inmigrantes venezolanos que en septiembre de 2022 fueron transportados con engaños en avión desde San Antonio, Texas, a la isla de Martha’s Vineyard, en Massachusetts.
Además de ser tratados al igual de los ciudadanos estadounidenses, los derechos civiles garantizan libre tránsito y a beneficios legales disponibles.
“Lo que no pueden decir es que son residentes o ciudadanos y trabajar si no tienen un permiso de trabajo (autorización de empleo -EAD-) explica Gálvez.
La lista de derechos civiles es extensa. Incluyen la garantía de la integridad física (derecho a la vida) y moral (derecho al honor) y de la seguridad de las personas, los domicilios y las comunicaciones. También contemplan el derecho a la igualdad y la protección contra la discriminación originada en cualquier condición personal o social, como por ejemplo edad o color de piel.
Permiso de trabajo
En cuando al permiso de trabajo, el reglamento vigente señala que la autorización de empleo (EAD) se puede pedir seis meses después de presentada la solicitud de asilo (180) días.
Pero debido a las demoras en el procesamiento, el servicio de inmigración permite que el trámite se inicie a los 150 días (5 meses) a partir de la fecha registrada en el Formulario I-589, que se entrega cuando el inmigrante tiene su cita ante el juez de inmigración.
El derecho de un peticionario de asilo a solicitar un permiso de trabajo “no es inmediato”, advierten los expertos consultados por Univision Noticias.
“El reglamento no dice que se lo van a dar una vez entre al país en busca de asilo o cuando pida la protección del gobierno”, dice Guerrero.
Lo primero es ingresar a territorio estadounidense por un puerto de entrada autorizado o entregarse a las autoridades federales de inmigración (Patrulla Fronteriza).
En esta etapa, el extranjero será entrevistado por las autoridades o por un agente de asilo de USCIS, quien determinará, a través de una entrevista de miedo o temor creíble en la frontera, si la persona tiene una causa de asilo.
Si es rechazado en esta instancia, ese agente tiene la facultad discrecional de referir su caso a la Corte de Inmigración para que sea un juez quien determine su futuro en el país.
Si gana el caso de asilo, “usted está autorizado para trabajar en Estados Unidos aún si tiene o no un Documento de Autorización de Empleo (EAD)”, explica USCIS. Y si por alguna razón usted no recibe un EAD luego de que se le conceda asilo, “puede ar al oficial de asilo que aprobó su caso”.
Pero ganar un caso de asilo se requiere algo más que cumplir con los requisitos del reglamento. Un reciente informe del Centro de Información y de Registros Transaccionales (TRAC) de la Universidad de Syracuse reveló que la EOIR tiene más de 3.4 millones de casos acumulados.