La nueva política de deportaciones expeditas de Trump pone a todos los indocumentados a merced de ser arrestados por ICE
Los planes del gobierno de Donald Trump, de otorgar poderes extras al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) para expandir el programa de deportaciones aceleradas (‘expedited renoval’) más allá de las 100 millas de la frontera, obligan a los millones de indocumentados “pasar al siguiente nivel”, coinciden abogados consultados por Univision Noticias. “Tienen que conocer sus derechos y saber exactamente qué hacer en caso sean arrestados por agentes ICE”, la temida Oficina de Inmigración y Aduanas.
Hasta ahora las deportaciones expeditas sólo afectan a extranjeros sin papeles que llevan menos de 14 días en el país y entraron de manera indocumentada. Pero una nueva medida que está considerando la Casa Blanca, permitiría ampliar los poderes del DHS para que sus agentes ejecuten el programa a nivel nacional, y poner en la mirilla a todos aquellos indocumentados que lleven menos de 90 días en el territorio estadounidense.
La medida fue reportada el viernes por el diario The Washington Post. Los detenidos que no puedan demostrar que llevan más de 90 días en Estados Unidos, no tendrán derecho a ser presentados ante una corte de inmigración para que un juez decida sus permanencias en el país, y serán expulsados casi de inmediato.
Cómo demostrar tiempo de permanencia
“Para demostrar tiempo de permanencia existen tres categorías de documentos que pueden servir, y evitar que ICE coloque al indocumentado en un proceso de deportación expedita de EEUU”, dice Jaime Barrón, un abogado de inmigración que ejerce en Dallas, Texas.
- Documentos de gobierno, sea federal, estatal o municipal. Visa estampada en el pasaporte aunque esté expirada, licencia de manejar, permiso de trabajo emitido por la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración –USCIS-, solicitud de asilo, formulario I-94, acta de matrimonio o la declaración de impuestos, entre otros.
- Documentos de negocios, estudios y/o legales. Actas de creación de empresas, matrícula consular, certificado de escuela, recibos de universidad, contrato de arriendo, título del automóvil, compra de una casa, recibos de la cuenta de luz, agua, gas o teléfono, entre otros.
- Documentos menos importantes. Acta de bautismo de un hijo, cartas de vecinos o amigos, multas de tránsito, cuenta bancaria y de ahorro, suscripciones a periódicos o revistas, y cualquier otra gestión que registre tiempo de permanencia en Estados Unidos.
“Los documentos de los niveles 1 y 2 son los más importantes”, apunta Barrón. “Hay que tenerlos a mano en un lugar específico de la casa. Y la familia debe estar al tanto de esos papeles para que los tome y los use por si lo arrestan los agentes de ICE, y demostrar que lleva tiempo en el país”.
Espere, revise lo que mostrará
Para la abogada Bárbara Hines, exprofesora de la facultad de leyes de la Universidad de Texas en Austin, la noticia de los preparativos en el gobierno de Trump para ampliar el programa de deportaciones expeditas, “ genera angustia en miles de indocumentados que tienen menos de 90 días en EEUU”, y también en aquellos que tienen dos, cinco o más de 10 años “y tienen una orden de deportación o algún tipo de antecedente” que lo convierta en inisible.
“No sabemos todavía qué documentos aceptará el DHS para demostrar prueba de tiempo”, señala Hines. “El problema lo tendrán aquellas personas que han utilizado un número de seguridad social falso para trabajar o para abrir una cuenta de banco. Con las políticas de mano dura que estamos viendo, estas personas corren el riesgo de que les presenten cargos criminales”, y con ello comprometan su “proceso de deportación”.
En cuanto a los casos de inmigrantes que lleven más de 90 días en Estados Unidos, Hines dijo que el debido proceso migratorio “contempla una audiencia ante un juez”, pero que en los casos de deportaciones expeditas, “serán los agentes de ICE quienes tomarán la decisión si el inmigrante ha residido en el país y por cuánto tiempo”.
“Sabemos que ICE viola los derechos legales de los inmigrantes frecuentemente, y un inmigrante en proceso de deportación expedida tiene muy pocos derechos legales”, puntualizó.
Barrón acotó que en el caso de los inmigrantes que entraron sin visa a Estados Unidos, cuyos países pertenecen al Programa de Visa Waiver (VWP), como el caso de Chile y otras 37 naciones (la mayoría de Asia y Europa), “y se quedaron más allá de los 90 días permitidos, ellos no tienen derecho a ser presentados ante un juez de inmigración. Son deportados de manera expedita”.
Conozca sus derechos en EEUU
“No hay tiempo que perder”, dice Lilia Velásquez, profesora adjunta de la facultad de leyes de la Universidad de California en San Diego. “Ya es hora que todos los indocumentados conozcan sus derechos, sin excepciones”.
Velásquez advierte que el mayor riesgo con la nueva política migratoria que planea el gobierno, es extender el programa más allá de las 100 millas de la frontera, “porque eso coloca automáticamente en la mirilla del DHS a todos los indocumentados”.
“Hay millones de inmigrantes que tienen más de 90 días en estados Unidos. Ellos pueden batallar dentro del debido proceso migratorio para detener sus deportaciones”, agregó. “Pero tienen que estar preparados, estar listos para actuar en caso sean detenidos por los agentes de ICE”.
Un camino a la residencia
Los indocumentados que demuestren que llevan más de 90 días en Estados Unidos, no tienen orden de deportación y carecen de antecedentes criminales, y sean arrestados por ICE, “deben tener su día en corte”, dice Velásquez. “Eso dice la ley”.
Y las personas indocumentadas que tienen más de 10 años interrumpidos, y reúnen tres requisitos clave, “pueden pedirle al juez de inmigración que les cancele la deportación”.
Para eso necesita:
- Demostrar que tiene al menos 10 años de permanencia ininterrumpida en el país.
- Probar buena conducta y que no tiene ningún tipo de antecedente criminal.
- Demostrar que, si es deportado, usted y su familia tendrán sufrimiento extremo. Por ejemplo, si tiene un hijo que sufre de graves problemas mentales, y éste requiere su presencia para sus cuidados y manutención.
“El tercer requisito es el más importante de todos”, señala Velásquez. “ Hay que demostrarle a la corte que la deportación causará un sufrimiento excepcional, extremo o inusual”. Si el inmigrante gana el caso, el juez cancelará la deportación y le concederá la residencia (green card o tarjeta verde).
Batalla cuesta arriba
Si bien se trata de una opción legal, Velásquez previene que “de todas las personas que son arrestadas por los agentes de ICE, “para el 90% de ellos la cancelación de deportación es el único beneficio al que pueden aferrarse para que no los expulsen”.
“ Por eso es importante conocer la ley, sus derechos, y averiguar si reúne los requisitos de este beneficio”, indica.
Ahora bien, “en caso que no tenga cómo probar sufrimiento extremo en caso lo deporten, “por nada firme una salida voluntaria, porque puede que tenga derecho a reunirse con su abogado o con un representante del consulado de su país para que lo ayuden”.
Quienes no puedan demostrar que tienen 10 años de permanencia, ellos tienen un gran problema con esta nueva política bajo estudio en la Casa Blanca. Porque a pesar que algunos irán ante un juez, las opciones para que se queden “serán prácticamente nulas”, coinciden los abogados.
Tenga cuidado con lo que dice
Velásquez aconseja demás “tener cuidado con lo que dice” cuando lo interroguen los agentes de ICE. Explica que, tanto para pedir que le cancelen la deportación como demostrar presencia ininterrumpida, “el gobierno federal tiene amplia experiencia en averiguar si las pruebas o testimonios que presente son ciertos o no”.
La abogada expuso que muchos indocumentados han salido sin autorización del país, y han vuelto a entrar sin que nadie los detecte. Y cuando están bajo presión delante de los agentes, “confiesan las salidas”, y con ello pierden la probabilidad de ganar sus casos.
En otros casos las salidas no autorizadas ejecutan automáticamente una orden de deportación, y el reingreso indocumentado los convierte en criminales. “Y una salida de más de 90 días mata el tiempo de permanencia ininterrumpida que exige la ley para pedir la cancelación de la deportación, y se esfuman las posibilidades de conseguir la residencia, puntualiza Velásquez.
“Si un inmigrante cree que califica para que le cancelen la deportación, mi consejo es que busque un abogado que lo asesore”, aconseja. “No es fácil, hay mucha documentación que entregarle a la corte. Es un proceso difícil, pero se puede”.
Conserve la calma
Tanto Velásquez, como Hines y Barrón coinciden en que se debe “mantener la calma”, incluso en los peores momentos. Los planes de respuesta para luchar por la permanencia en Estados Unidos funcionan mejor con la cabeza fría.
“Si un inmigrante es detenido, puede hacer una llamada a un familiar o amigo para que se e inmediatamente con una ONG o un abogado”, dice Hines.
“También es importante que los inmigrantes sepan que, aun durante un proceso de deportación expedita, tienen derecho de solicitar asilo, y tener una entrevista de miedo creíble a ser perseguido en su país de origen, como por ejemplo las familias que en estos momentos se encuentran en el centro de detención familiar de ICE en Karnes City, San Antonio, Texas”, explicó.
Hines agregó que, quienes no estén en proceso de deportación acelerada, “y quienes hayan recibido una decisión favorable de miedo creíble, tienen derecho a una audiencia de fianza”. Si el juez se las otorga, pueden esperar libres la decisión de la corte respecto a su futuro en Estados Unidos.
“El resto, lamentablemente, no tiene los mismos derechos”, concluyó.
Qué dice el DHS
Este martes el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) dijo a Univision Noticias que la política de deportaciones expedidas “está siendo revisada”, y que el secretario Kelly “no ha decidido todavía sobre ninguna ampliación legal sobre la autoridad legal de expulsión acelerada”.
“Los posibles cambios permitirían al DHS utilizar más eficientemente los recursos para deportar a las personas que han estado presentes ilegalmente durante períodos de tiempo relativamente breves, mientras se sigue observando el debido proceso de estos individuos”, agregó.
El DHS dijo además que la ampliación del programa, “se incluye” en la orden ejecutiva del 25 de enero, cuando el presidente decretó que el secretario del DHS revise “la ampliación” de las deportaciones aceleradas de inmigrantes indocumentados.