México da el primer paso para legalizar el uso recreativo de la marihuana y convertirse en un mercado mundial
La Cámara de Diputados de México aprobó este miércoles la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y modificaciones a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal, con 326 votos a favor, 129 en contra y 23 abstenciones. Esta ley regula el cultivo, producción, consumo, industrialización y venta de la marihuana para consumo lúdico en el país.
Una vez promulgada la ley, México se convertirá en el tercer país del mundo -tras Uruguay y Canadá- en regular por completo el mercado de la marihuana, pero la noticia tiene un alcance más relevante debido a que ya es una de las principales naciones productoras, por lo que se convertiría en el mayor mercado de marihuana legal en el mundo.
Diversos activistas han cuestionado esta medida debido a que consideran que favorece y prioriza la entrada de grandes capitales, dejando de lado los derechos de los consumidores y los campesinos que la producen.
Este antepenúltimo paso para su aplicación, pues ahora debe regresar por segunda vez al Senado, que tiene que ratificarla antes del próximo 30 de abril para cumplir con el mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que en 2018 consideró inconstitucional su prohibición.
Esta legislación autoriza el consumo de marihuana con fines recreativos a personas mayores de edad, aunque prohíbe fumar frente a menores de edad, así como su consumo en escuelas, lugares de trabajo y en todos aquellos espacios donde no se permita fumar tabaco.
Además, también estipula que no se podrá afectar con el humo a terceras personas, con lo que en la práctica solo se podrá fumar en propiedades privadas o en asociaciones de cannabis, de acuerdo con la agencia EFE.
La cantidad que se puede poseer sin incurrir en un delito ha pasado de cinco a hasta 28 gramos, lo que equivale a unos 28 cigarros. Si se llega a superar esa cantidad y hasta 200 gramos, los poseedores podrían ser multados hasta por 10,754 pesos (unos 510 dólares). Una cifra superior de este límite se contempla penas de prisión. Si se sobrepasan los 5.6 kilogramos podrían imponerse hasta 15 años tras las rejas.
Asimismo también se estipulan licencias para que una persona pueda cultivar hasta seis plantas para consumo personal y lúdico dentro de su vivienda. Sin embargo, si hay más de un consumidor, la cifra incrementa a ocho. Ninguna de las plantas podrá salir de la casa.
Respecto a las asociaciones de cannabis, ahora podrán acceder a licencias para cultivar hasta 50 plantas con la finalidad del consumo lúdico de sus socios, con un máximo de 20 que no podrán tener antecedentes penales por narcotráfico o delincuencia organizada.
Las operaciones de estas asociaciones no podrán suministrar marihuana a personas externas, vender alcohol en sus instalaciones o promover publicitariamente el consumo del cannabis.
La legislación también autoriza licencias para la venta de marihuana y derivados a establecimientos comerciales, con la condición de prohibirle la entrada a menores de edad, informar a sus clientes sobre los efectos y riesgos de la cannabis, prohibir venta de productos mezclados que aumenten los efectos, vender por medio de máquinas de autoservicio, correo, teléfono o internet.
Esta regulación también permite que la Secretaría de Agricultura otorgue permisos para cultivar y distribuir cáñamo industrial, variantes de la planta del cannabis con las que se puedan elaborar textiles, papel, aceites y combustibles.
Organizaciones defensoras de la marihuana han criticado que se tenga que pedir permisos, los cuales tendrán una vigencia de un año.